miércoles, 23 de mayo de 2012

¿En que consiste el civerbullyng? como se manifiesta en los medios electrónicos existe alguna ley que sancione el civerbullyng y como se puede evitar?,



El ciberbullying es el uso de los medios telemáticos (Internet, telefonía móvil y videojuegos online principalmente) para ejercer el acoso psicológico entre iguales. No se trata aquí el acoso o abuso de índole estrictamente sexual ni los casos en los que personas adultas intervienen.

  • ¿COMO SE MANIFIESTA EN LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS?

Estamos ante un caso de ciberbullying cuando un o una menor atormenta, amenaza, hostiga, humilla o molesta a otro/a mediante Internet, teléfonos móviles, consolas de juegos u otras tecnologías telemáticas.

¿Cómo se manifiesta el ciberbullying?

Las formas que adopta son muy variadas y sólo se encuentran limitadas por la pericia tecnológica y la imaginación de los menores acosadores, lo cual es poco esperanzador. Algunos ejemplos concretos podrían ser los siguientes:
  • Colgar en Internet una imagen comprometida (real o efectuada mediante fotomontajes) datos delicados, cosas que pueden perjudicar o avergonzar a la víctima y darlo a conocer en su entorno de relaciones.
  • Dar de alta, con foto incluida, a la víctima en un web donde se trata de votar a la persona más fea, a la menos inteligente… y cargarle de puntos o votos para que aparezca en los primeros lugares.
  • Crear un perfil o espacio falso en nombre de la víctima, en redes sociales o foros, donde se escriban a modo de confesiones en primera persona determinados acontecimientos personales, demandas explícitas de contactos sexuales…
  • Dejar comentarios ofensivos en foros o participar agresivamente en chats haciéndose pasar por la víctima de manera que las reacciones vayan posteriormente dirigidas a quien ha sufrido la usurpación de personalidad.
  • Dando de alta la dirección de correo electrónico en determinados sitios para que luego sea víctima de spam, de contactos con desconocidos…
  • Usurpar su clave de correo electrónico para, además de cambiarla de forma que su legítimo propietario no lo pueda consultar, leer los mensajes que a su buzón le llegan violando su intimidad.
  • Provocar a la víctima en servicios web que cuentan con una persona responsable de vigilar o moderar lo que allí pasa (chats, juegos online, comunidades virtuales…) para conseguir una reacción violenta que, una vez denunciada o evidenciada, le suponga la exclusión de quien realmente venía siendo la víctima.
  • Hacer circular rumores en los cuales a la víctima se le suponga un comportamiento reprochable, ofensivo o desleal, de forma que sean otros quienes, sin poner en duda lo que leen, ejerzan sus propias formas de represalia o acoso.
  • Enviar menajes amenazantes por e-mail o SMS, perseguir y acechar a la víctima en los lugares de Internet en los se relaciona de manera habitual provocándole una sensación de completo agobio.
¿Qué cabe hacer ante un caso de ciberbullying? Por parte del menor hay varias recomendaciones:
  • No responder a las provocaciones. Eso es precisamente lo que buscan los acosadores.
  • No facilitar datos personales ni información innecesaria sobre ti: muchas formas de acoso se basan en datos personales que las propias víctimas facilitan inconsciente e imprudentemente. Y esto se extiende, por supuesto, a las redes sociales.
  • Si el medio en el que se manifiesta el acoso (foro, red social…) tiene un gestor, acudir a él para denunciarlo.
  • Tener el ordenador bien protegido para evitar software malicioso que pueda extraer las contraseñas de las cuentas de correo o redes sociales.
  • Revisar y limpiar la lista de contactos de redes sociales y mensajería. Hay posibilidades de no sólo eliminar sino también de bloquear.
  • Configurar adecuadamente la privacidad en las redes sociales.
  • Hacer saber a los acosadores que lo que están haciendo es un delito y que pueden ser denunciados.
  • Para lo anterior, guardar las pruebas del acoso, y hacer saber a los acosadores que se dispone de ellas.
  • Pedir ayuda a los padres o adultos.

Aprueban Ley que sanciona el Cyberbullyng en el Perú

El Congreso de la República del Perú aprobó "el Proyecto de Ley que promueve la convivencia sin acoso ni violencia entre los alumnos de Instituciones Educativas", conocida como Ley que sanciona el Cyberbulling. El 25 de Junio de 2011 fue publicada como Ley con el número 29719.
Norma que sanciona el ciberbullying
La reciente norma aprobada por el Congreso de la República para promover la convivencia pacífica entre los alumnos de las instituciones educativas, sanciona todo acto de violencia, hostigamiento, intimidación u otra forma de acoso entre los estudiantes, realizados por cualquier medio, incluyendo virtuales, telefónicos, electrónicos u otros análogos, a los cuales también se les denomina ciberbullying.
La autógrafa acumula los proyectos de Ley 04400, 04406, 04493 y 04515, presentados entre octubre y noviembre del año pasado. La regulación del ciberbullying es necesaria en el actual desarrollo de las nuevas tecnologías de información.


Finalidad de la Norma
La norma aprobada tiene por finalidad establecer los mecanismos para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado como acoso entre los estudiantes. Asimismo, se establece la designación de por lo menos un profesional en psicología en cada institución educativa, quien se encargará de la prevención y el tratamiento de los casos de acoso y de violencia entre los alumnos, la asistencia será brindada tanto al alumnos acosado como al agresor. Además, se le atribuye al consejo educativo institucional las acciones necesarias para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento y la intimidación entre escolares, también deberá acordar las sanciones que correspondan, así como elaborar un plan de convivencia y disciplina escolar.
Libro de Registro de Incidencias
El artículo 11 establece que: "Cada Institución Educativa debe tener un libro de incidencias sobre violencia y acoso entre estudiantes, el cual estará a cargo del director en el que se anotan todos los hechos sobre violencia y acoso entre estudiantes, el trámite seguido en cada caso, el resultado de la investigación y la sanción aplicada cuando corresponda".

3 comentarios:

  1. Hola angie, alguna vez has sufrido este tipo de problemas o fenómeno tecnológico que se da por los distintos medios y dispositivos electrónicos o telemáticos?

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  2. por fortuna no profe pues casi ni tengo contacto con los medios electronicos.

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